Aparato de Aire Acondicionado Ruidoso: Sentencia y Caso SOLUCIONADO

¿Qué hacer con el aparato de Aire ACONDICIONADO ruidoso del Vecino? Sentencia y Caso solucionado

Una sentencia obliga a quitar por ruidos el aparato de aire acondicionado a una notaría

 El Problema: aparato de aire acondicionado ruidoso

El aire acondicionado de una notaría no dejaba vivir a la dueña del piso colindante. El ruido y las vibraciones se hacían insoportables. Esta vecina que sufría los ruidos acudió a mí.

Una vecina se defiende del ruido de un aparato de aire acondicionado

En las época más calurosas del año son numerosos los problemas de ruidos y vibraciones por aparatos de aire acondicionado. Con frecuencia se trata de máquinas muy antiguas, mal instaladas o situadas en una ubicación inapropiada.

En un caso así, no hay que resignarse, su derecho al descanso y a la salud está salvaguardado por la Constitución.

¿Qué hacer con el aparato de Aire ACONDICIONADO ruidoso del Vecino?

Los aparatos de aire acondicionado deben cumplir una serie de condiciones técnicas. Igualmente su instalación está sujeta a una normativa.

Por ejemplo, no deben superar cierto nivel de ruido, ni tampoco causar vibraciones molestas. También deben guardar una cierta distancia respecto al domicilio vecino.

Los tribunales así lo reconocen y ya hay numerosas sentencias que lo demuestran.

Conseguir Medidas Cautelares en los problemas graves de ruido

Pusimos una demanda y solicitamos al juez medidas cautelares. Estas son medidas temporales que se toman para evitar que se siga produciendo el daño por ruidos.

Las medidas cautelares pueden aliviar sustanciosamente un problema de ruidos

Si el juez lo considera oportuno, se ponen en marcha estas medidas cautelares hasta que haya sentencia en firme.

Conseguimos dichas medidas cautelares, que en este caso consistieron en limitar el uso del aparato del aire únicamente por las mañanas.

Por qué las medidas cautelares son vitales en los problemas de ruido

Como vemos, las medidas cautelares impiden que el daño por ruidos se siga produciendo, o al menos atenúan y alivian ese daño.

1. La primera sentencia condena a la prohibición de usar el aparato de aire acondicionado

Sentencia del Juzgado de primera instancia

Esto es lo que dice y constata dicha sentencia:

«La existencia de ruidos, vibraciones, e inmisiones molestas contaminantes intolerables en la vivienda de la demandante a causa de uso de un aparato de aire acondicionado instalado en la oficina de los demandados…

…Se declara la obligación de cesar de forma definitiva de causar ruido,…»

Se constatan las vibraciones, e inmisiones molestas contaminantes intolerables en la vivienda de la demandante, y se establece una relación causal entre dichas molestias por ruidos y el foco emisor del aparato del aire acondicionado; ordenando la prohibición de uso de la maquina del aire, procediendo al precinto de la misma.

Se condena también en costas a los demandados

Esto es, se les obliga a los dueños del aire acondicionado a pagar todos los gastos que conlleva el proceso judicial, incluidos los honorarios del abogado de la parte demandante, o sea, quien sufría los ruidos y los ha denunciado.

2. Los dueños de la máquina del aire recurren esta primera sentencia y reducen los ruidos que la instalación del aire estaba produciendo

Esta sentencia, se recurrió en apelación por la parte demandada.

Los dueños del aire acondicionado aducían que se estaban llevando a cabo diversos trabajos o modificaciones sobre el aparato de aire con el objeto de reducir las molestias por ruido.

La parte demandada interpone recurso de apelación

Se basaban, según los dueños del aparato del aire, en que:

«Tras los trabajos o modificaciones sobre el aparato de aire, los informes periciales han demostrado que los niveles de emisión acústica se encuentran dentro del límite de tolerancia previsto en la normativa administrativa, lo que permite presumir que las posibles inmisiones o ruidos serían en todo caso tolerables y admisibles, dado que el nivel de ruido cero no existe

Se alega también que hay multitud de soluciones técnicas sin necesidad de cambiar la ubicación o de prohibir el uso del aparato de aire acondicionado.

Según los demandados, debería hacerse compatible el derecho al descanso de quien sufre los ruidos con el derecho a la salud de los trabajadores de la oficina donde está la instalación del aire;

El objetivo del Juzgado debería ser, siempre según los demandados,  la cesación de la emisión, que desaparezcan los ruidos y no la eliminación de la fuente de emisión, quitar el aparato de aire.

Sin embargo, no se detalla en la alegación de los dueños del aire, cuales podrían ser esas múltiples soluciones técnicas.

3. Nuestro cliente no acepta y solicita confirmación de sentencia

La victima de las molestias por ruido pide que se aplique la sentencia que le daba la razón y que se retire definitivamente el aparato del aire.

Fundamentos Jurídicos

Y efectivamente, aunque se hayan hecho trabajos para aminorar los ruidos del aparato, según lo dispuesto en el art. 413 LEC, no se deben tener en cuenta los cambios que se hayan introducido después de iniciado el juicio.

También nos apoyamos en sentencia del STS de 21 de mayo de 2002.

Dado que no hay acuerdo para poner fin al procedimiento y tampoco consta que se hayan satisfecho, fuera del proceso, las pretensiones de la parte actora demandante, sino simplemente se han llevado a cabo diversos trabajos de aislamiento en la máquina de climatización, pero no se ha cumplido en su integridad lo pretendido en la demanda, en la que se solicita la retirada de la máquina de aire acondicionado, que produce los ruidos y vibraciones, de la ubicación en la que se encuentra actualmente o, alternativamente, la prohibición de uso de dicha máquina.

La importancia de la medición de nuestro informe pericial de medición de ruidos

Tal y como recoge la primera sentencia, las primeras mediciones acústicas que nosotros hicimos constataban que:

“…los niveles sonoros generados por la actividad  del sistema de aire acondicionado de la notaría y que se transmiten  al  salón  contiguo, NO CUMPLEN con la normativa que establece los límites acústicos de ruido permitidos,  puesto que los niveles sonoros medidos en el salón superan hasta en 7,4 dB los límites establecidos en el Anexo I de la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León, para el periodo día.

Los niveles de ruido superaban los límites que marca la Ley

Además dichas molestias por ruido excedían los valores soportables en las relaciones de buena vecindad, dada su persistencia temporal, pues no se trataba de ruidos ocasionales sino continuos.

4. La segunda sentencia confirma la prohibición total del aire acondicionado por los ruidos y vibraciones que causa.

La medición tras los cambios en el aire acondicionado

Las modificaciones sobre el aparato del aire que hicieron los demandados para reducir los ruidos y mejorar el aislamiento acústico jugaron en su contra; puesto que la segunda sentencia concluye que:

«…la realización de tareas de insonorización y aislamiento en dicha máquina, por cuenta de la parte demandada, permite inferir inequívocamente que la propia parte demandada consideraba que el aislamiento e insonorización existente al tiempo de interponer la demanda no era suficiente…».

Además, todos estos cambios sobre el aire acondicionado los hicieron los dueños sin todavía haber recibido sentencia condenatoria, lo cual apunta a que de alguna manera se sentían culpables.

Debemos recordar también que lo que juzgado de segunda instancia debe valorar es, si los ruidos y vibraciones del aparato eran antijurídicos en el momento en que inicialmente se puso la demanda.

Por esta razón, las mediciones de niveles de ruido que aportaron los dueños del aire tras hacer las modificaciones en el aparato no fueron tan tenidas en cuenta por el juzgado se segunda instancia como las nuestras, que hicimos inicialmente con nuestro propio perito acústico.

Con todo, esta segunda sentencia recalca que incluso:

«…tras dichas obras de aislamiento se siguen produciendo ruidos que se encuentran en el borde del límite administrativo, siguen resultando molestos…»

5. El tribunal obliga finalmente a quitar por ruidos el aparato de aire acondicionado

CONCLUSIÓN: Se confirma la sentencia de Primera Instancia

Se desestima el recurso de apelación interpuesto por los dueños del aparato del aire, confirmando íntegramente la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e imponiendo además a la parte apelante las costas de este segundo proceso.

✓ Ganamos en medidas cautelares

✓ Ganamos en primera instancia con costas

✓ Ganamos en segunda instancia con costas.

ℛicardo Ayala – StopRuido 🔇

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RESPUESTA
En primer lugar, puede consultarle al presidente de la comunidad si la junta le ha concedido autorización para su instalación en un elemento común como es la fachada.

En cuanto al ruido, realice una medición con un sonómetro para comprobar si supera los niveles sonoros máximos permitidos así como si cumple con las distancias mínimas que deben mantenerse tanto en el plano vertical como horizontal respecto al resto de las ventanas.

Consulta aparecida en el diario 20minutos sobre un caso de aire acondicionado ruidoso ↗

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