Cuando el ruido de las fiestas o conciertos organizados por su propio ayuntamiento se repite año tras año pese a las quejas, puede llegar a constituir un delito, no solo una infracción administrativa. Un caso real, actualmente en fase de investigación penal, muestra qué pruebas resultan decisivas para sostener esa vía.
A lo largo de este artículo utilizaremos como referencia un caso que este despacho lleva actualmente en una localidad de la Comunidad de Madrid, donde una vivienda situada junto a la plaza mayor del municipio lleva más de dos años sufriendo el ruido de eventos festivos organizados por la propia Administración.
- A. El ruido de fiestas municipales puede tener consecuencias penales, no solo administrativas.
- B. La responsabilidad puede alcanzar personalmente a los cargos públicos: el alcalde y/o concejales
- C. Documentar (reunir pruebas como, por ejemplo, mediciones de ruido) y advertir formalmente (mediante un burofax) antes de denunciar refuerza y aumenta las posibilidades de éxito y solución.