{"id":53,"date":"2016-12-13T11:50:53","date_gmt":"2016-12-13T10:50:53","guid":{"rendered":"http:\/\/www.abogadosruidos.com\/blog\/?p=53"},"modified":"2018-12-10T13:36:32","modified_gmt":"2018-12-10T12:36:32","slug":"proteccion-juridica-internacional-contra-ruidos","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/www.abogadosruidos.com\/blog\/proteccion-juridica-internacional-contra-ruidos","title":{"rendered":"La protecci\u00f3n jur\u00eddica internacional frente al ruido"},"content":{"rendered":"<p class=\"dropCap\">La base primordial en la que se sustenta la defensa frente a la contaminaci\u00f3n ac\u00fastica en \u00e1mbito jur\u00eddico internacional es el reconocimiento del derecho fundamental a la intimidad personal del individuo y a la inviolabilidad domiciliaria, principio que ya viene recogido en la <strong><em>Declaraci\u00f3n Universal de Derechos Humanos de 1948<\/em><\/strong>, y posteriormente en el <strong><em>Convenio Europeo para la Protecci\u00f3n de los Derechos y de las Libertades Fundamentales de 1950<\/em><\/strong>, que se proyectan en los Convenios Internacionales que ha venido suscribiendo Espa\u00f1a desde la proclamaci\u00f3n de nuestra <strong><em>Constituci\u00f3n en 1978<\/em><\/strong>.<\/p>\n<p><!--more--><br \/>\nCon esta idea, la Declaraci\u00f3n Universal de Derechos Humanos, como cimiento del ideal com\u00fan de los derechos y libertades de la persona establece en su art\u00edculo 12 \u201cnadie ser\u00e1 objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia ni de ataques a su honra o a su reputaci\u00f3n. Toda persona tiene derecho a la protecci\u00f3n de la ley contra tales injerencias o ataques\u201d.<\/p>\n<p>El Convenio Europeo de Derechos Humanos configura un r\u00e9gimen internacional especialmente protector de los derechos humanos, expresivo de una conciencia de la comunidad internacional en materia de derechos humanos que a trav\u00e9s de su proyecci\u00f3n en las instituciones y en el desarrollo de la jurisprudencia que dimana\u00a0del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha contribuido de manera eficaz a la conformaci\u00f3n de un derecho europeo en el \u00e1mbito de los derechos fundamentales.<\/p>\n<p>Esto\u00a0ha hecho que muchos derechos reconocidos en este Convenio van exigir la adopci\u00f3n de medidas positivas por los Estados firmantes, y as\u00ed ha generado lo que denominamos obligaciones positivas de los estados, que unido al principio de igualdad entre los Estados firmantes ha generado una base de <strong><em>jurisprudencia social\u00a0<\/em><\/strong>en casos que siendo particulares en un Estado concreto proyecta sus efectos a todos los dem\u00e1s Estados para que se aplique la misma jurisprudencia y se desarrolle o modifiquen sus leyes internas en la misma l\u00ednea.<\/p>\n<h4>Contaminaci\u00f3n ac\u00fastica<\/h4>\n<p class=\"dropCap\">As\u00ed, cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos se pronuncia sobre la noci\u00f3n de los derechos recogidos en el Convenio, se genera para el Estado infractor una responsabilidad internacional que le obliga a reparar a la parte perjudicada por la violaci\u00f3n de su derecho, y abre la puerta para que los dem\u00e1s Estados habiliten una v\u00eda de derecho interno que har\u00e1 posible que esa vulneraci\u00f3n ilegal de derecho no vuelva a producirse.<\/p>\n<p>El primer paso en el desarrollo de la regulaci\u00f3n de la contaminaci\u00f3n ac\u00fastica viene por la elaboraci\u00f3n por la Comisi\u00f3n Europea en 1996 del <strong><em>Libro Verde sobre la pol\u00edtica futura de la lucha contra el ruido<\/em><\/strong>\u00a0cuyo mayor inter\u00e9s era resaltar el acuciante problema que representaba la <strong><em>contaminaci\u00f3n ac\u00fastica,<\/em><\/strong> por no haberse reducido los niveles de ruido con las medidas establecidas por la Comunidad Europea hasta ese momento.<\/p>\n<p>Con este antecedente nace la conocida como <strong><em>Directiva sobre Ruido Ambiental, 2002\/49\/CE<\/em><\/strong> \u00a0que busca proporcionar una base para desarrollar y completar el conjunto de v\u00edas comunitarias existentes hasta ese momento sobre el ruido emitido por las principales fuentes sonoras: veh\u00edculos, carreteras, infraestructuras de ferrocarril, aeronaves, equipamientos industriales, y m\u00e1quinas m\u00f3viles.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se busca con esta Directiva establecer m\u00e9todos comunes de evaluaci\u00f3n del ruido ambiental y una lograr una definici\u00f3n homog\u00e9nea de los valores l\u00edmites en funci\u00f3n de indicadores armonizados para calcular los niveles de ruido. Su finalidad es ante todo evitar, prevenir, y reducir en su caso los efectos nocivos de la exposici\u00f3n al ruido ambiental, considerados como molestias intolerables que pueden afectar a la salud humana y que debe ser protegida por la Administraci\u00f3n.<\/p>\n<div class=\"ladillo\"><q><strong>Hay que evitar, prevenir, y reducir en su caso los efectos nocivos de la exposici\u00f3n al ruido ambiental, considerados como molestias intolerables que pueden afectar a la salud humana<\/strong><\/q><\/div>\n<p>Es importante saber que esta Directiva tiene aplicaci\u00f3n directa y autom\u00e1tica por los tribunales espa\u00f1oles, incluso si no fuera recogida en el ordenamiento jur\u00eddico espa\u00f1ol o su implantaci\u00f3n no fuera completa.<\/p>\n<p>Esto crea\u00a0un efecto positivo en favor de los ciudadanos que es la posibilidad de salvaguardar sus derechos y por consiguiente permite a los individuos solicitar a los jueces nacionales que les amparen en los derechos conferidos por una norma comunitaria como es la Directiva sobre Ruido Ambiental.<\/p>\n<p>Y, adem\u00e1s, la aplicabilidad directa de la Directiva comunitaria supone un efecto de sanci\u00f3n respecto a los Estados que no hayan adoptado las medidas necesarias para la aplicaci\u00f3n del derecho comunitario.<\/p>\n<p><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"alignnone wp-image-56 size-full\" src=\"http:\/\/www.abogadosruidos.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2016\/12\/ricardo-ayala-toga-2.jpg\" alt=\"Ricardo Ayala, Especialista en Contaminaci\u00f3n Ac\u00fastica\" width=\"653\" height=\"930\" srcset=\"http:\/\/www.abogadosruidos.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2016\/12\/ricardo-ayala-toga-2.jpg 653w, http:\/\/www.abogadosruidos.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2016\/12\/ricardo-ayala-toga-2-211x300.jpg 211w\" sizes=\"(max-width: 709px) 85vw, (max-width: 909px) 67vw, (max-width: 984px) 61vw, (max-width: 1362px) 45vw, 600px\" \/><\/p>\n<h4>Ley del ruido<\/h4>\n<p class=\"dropCap\">En lo referente a Espa\u00f1a esta Directiva tiene su traducci\u00f3n a su legislaci\u00f3n interna con la <strong><em>Ley del Ruido, 37\/2003<\/em><\/strong>, por la que se incorpora al derecho interno.<\/p>\n<p>Sin embargo, ni la Ley del Ruido ni el conjunto del derecho espa\u00f1ol ofrecen instrumentos que sancionen su incumplimiento por las autoridades p\u00fablicas, mientras que el derecho comunitario si ha desarrollado una utilidad jur\u00eddica con la finalidad de sancionar a aquellos Estados que incumplan el derecho comunitario. Se trata del llamado <strong><em>principio de responsabilidad extra contractual<\/em> <\/strong>de los estados miembros por incumplimiento del derecho.<\/p>\n<p>El derecho espa\u00f1ol utiliza la acci\u00f3n de reciprocidad extra contractual de la Administraci\u00f3n P\u00fablica y del Estado-Legislador previsto en el R\u00e9gimen Jur\u00eddico de las Administraciones P\u00fablicas y del Procedimiento Administrativo Com\u00fan; y las responsabilidades del Estado-Juez conforme a la Ley Org\u00e1nica Poder Judicial. En base a ello, corresponde a los jueces de la jurisdicci\u00f3n contencioso administrativa determinar si la administraci\u00f3n p\u00fablica espa\u00f1ola ha sido responsable de un cumplimiento de la Directivas del Ruido por no haber elaborado mapas estrat\u00e9gicos de ruido, planes de acci\u00f3n, o no acomodarse el contenido de los mismos a los requerimientos de dicha Directiva.<\/p>\n<p>Y finalmente, el <strong><em>Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea<\/em><\/strong> ha desarrollado las condiciones para que prospere la acci\u00f3n de responsabilidad de los Estados ante estos jueces, que debe reunir estas caracter\u00edsticas b\u00e1sicas: la existencia de una norma comunitaria que confiera derecho a los particulares; que se haya producido una violaci\u00f3n suficientemente definida, y la existencia de una relaci\u00f3n de causalidad entre el incumplimiento de la obligaci\u00f3n del Estado y el da\u00f1o sufrido por las personas afectadas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La base primordial en la que se sustenta la defensa frente a la contaminaci\u00f3n ac\u00fastica en \u00e1mbito jur\u00eddico internacional es el reconocimiento del derecho fundamental a la intimidad personal del individuo y a la inviolabilidad domiciliaria, principio que ya viene recogido en la Declaraci\u00f3n Universal de Derechos Humanos de 1948, y posteriormente en el Convenio &hellip; <a href=\"http:\/\/www.abogadosruidos.com\/blog\/proteccion-juridica-internacional-contra-ruidos\" class=\"more-link\">Continuar leyendo<span class=\"screen-reader-text\"> \u00abLa protecci\u00f3n jur\u00eddica internacional frente al ruido\u00bb<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":55,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"_exactmetrics_skip_tracking":false,"_exactmetrics_sitenote_active":false,"_exactmetrics_sitenote_note":"","_exactmetrics_sitenote_category":0,"_mi_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0},"categories":[8],"tags":[],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/www.abogadosruidos.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53"}],"collection":[{"href":"http:\/\/www.abogadosruidos.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/www.abogadosruidos.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.abogadosruidos.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.abogadosruidos.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=53"}],"version-history":[{"count":11,"href":"http:\/\/www.abogadosruidos.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":78,"href":"http:\/\/www.abogadosruidos.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53\/revisions\/78"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.abogadosruidos.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media\/55"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/www.abogadosruidos.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=53"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.abogadosruidos.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=53"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.abogadosruidos.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=53"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}